Crisis de salud en Venezuela: ciudadanos deben exigir al gobierno que cumpla con su responsabilidad
El abogado y coordinador general de Cecodap, Carlos Trapani, señaló que existen varios mecanismos legales que tienen los afectados para acceder a los medicamentos.
Los pacientes que requieren el suministro de medicamentos a través del sistema público de salud y no lo obtienen, como es el caso de los hemofílicos y diabéticos, deben exigir al Estado que cumpla con su deber constitucional de garantizar este derecho, aseguró el abogado y coordinador general de Cecodap, Carlos Trapani.
«Los pacientes y el personal de salud, incluidos los médicos, deben perder el miedo a hacer las denuncias ante las instancias nacionales e internacionales, y exigir al Estado el cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades», señaló.
Explicó que existen varios mecanismos de defensa legales del derecho a la salud, aun cuando el Estado y sus autoridades no estén cumpliendo con su deber, entre los cuales mencionó los amparos, acciones judiciales de protección, y demandas patrimoniales.
También se puede pedir protección a nivel internacional, tales como las medidas cautelares solicitadas por el Cecodap en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con los niños con problemas renales, recordó.
El abogado mencionó que existen varios ejemplos en los cuales los pacientes o sus familias han demandado al Estado y sus autoridades, por incumplimiento de lo establecido en las leyes y reglamentos, «como los casos de cardiopatías congénitas, leucemia, y fibrosis quística atendidos en el hospital J.M de los Ríos. «El proceso de cumplimiento por parte del Estado fue lento, pero hubo logros significativos en su momento».
De igual forma, señaló que «hay un conjunto de responsabilidades civiles, penales y administrativas para los funcionarios que no acatan esas sentencias, pero estos procesos toman tiempo. Es una carrera de resistencia».
Activación de mecanismos internacionales
Carlos Trapani recordó que Venezuela está suscrita a varios tratados, que incluyen el tema de la salud, tanto en el sistema universal (Pacto de Derechos Internacionales de la ONU) y regional (como la CIDH y el Acuerdo de San José). «Estos acuerdos conforman un solo cuerpo normativo».
Con respecto a la activación de los mecanismos contemplados en estos instrumentos internacionales, cuando es el Estado el que no los cumple, explicó que se introduce un recurso ante la instancia del sistema universal o regional para solicitar medidas cautelares. «Por ejemplo, en el caso de los niños con problemas renales, las cuales se solicitaron el 21 de diciembre de 2017 y se otorgaron el 21 de febrero de 2018.
Hubo dos recursos judiciales presentados en los tribunales de protección (acción judicial de protección por los servicios de salud del Hospital J.M de Los Ríos, y otro por una medida preventiva anticipada por el acceso a medicamentos esenciales), que aunque nombraba a 5 pacientes que se encuentran en la Unidad de Nefrología del mencionado hospital, ab abarcaba a todos los niños de ese servicio», precisó.
La solicitud de Cecodap y de Prepara Familia se realizó por el incumplimiento de tratamientos médicos debido a la carencia de medicamentos, contaminación de equipos de hemodiálisis y paralización del programa de trasplante de órganos
El coordinador general de Cecodap señaló que, «con las medidas cautelares, quedó demostrada la gravedad y la urgencia del estado de salud de los niños. Hoy no han variado ni mejorado las condiciones».
Recordó que al menos 10 niños han fallecido por contaminación en la Unidad de Hemodiálisis, el suministro irregular de antibióticos y precarias condiciones de atención. «Es impostergable que el Estado dé cumplimiento inmediato a las medidas cautelares otorgadas por la CIDH. El no cumplir el tratamiento médico conduce inevitablemente al sufrimiento físico y psicológico de los niños», agregó.
Destacó que «es urgente garantizar el suministro regular medicinas e insumos, fortalecer el programa de diálisis peritoneal, la reactivación del plan de trasplantes, el mantenimiento preventivo y correctivo y la auditoría al banco de sangre».
Fuente: CECODAP / Comstatrowland